- Podrán
solicitar financiamiento para complementos a la investigación,
los miembros ordinarios del personal docente y de investigación
de la Unimet.
- Los
complementos a la investigación son dedicados exclusivamente
a subvencionar parcialmente proyectos de investigación.
- Los
complementos a la investigación son para adquirir equipo
o material, o bien, para el pago de servicios o viáticos
dentro del país, relacionados con la realización
del proyecto.
- El
solicitante puede hacer uso de este complemento sólo
una vez en el año, previo cumplimiento del punto 6
de estas normas.
- Para
que se considere la solicitud el investigador deberá:
- Llenar
el formato correspondiente
- Anexar
descripción del proyecto de investigación
e indicar el organismo que lo financia
- Información
técnica razonada sobre el uso del fondo y anexar
facturas proforma.
- Una
vez finalizado el proyecto, el investigador se compromete
a entregar a la Dirección de Investigación y
Desarrollo copia del informe final y a nombrar a la Unimet
en las publicaciones derivadas de dicha investigación.
Así mismo deberá presentar una relación
técnico-administrativa de los fondos entregados por
la Unimet, al ejecutarse la partida correspondiente.
- En
caso de que como producto de investigación se genere
una patente o algún provecho económico, el reparto
de los beneficios se realizará según el reglamento
de distribución de ingresos para la Unimet, sobre la
parte alicuota aportada por esta institución.
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