Normas para el Financiamiento de Participación en Eventos Científicos

  1. Se considerarán eventos científicos las reuniones nacionales e internacionales, tales como congresos, seminarios, foros, jornadas y simposium destinados a divulgar e intercambiar resultados originales de investigación.
    Podrán optar a los beneficios de este programa los miembros ordinarios del personal docente y de investigación, cuya dedicación sea a tiempo completo en la Unimet.
    Los profesores contratados, que tengan un mínimo de cuatro (4) años ininterrumpidos en la Unimet, podrán presentar la solicitud para asistir solamente a eventos nacionales, anexando informe del Consejo de Facultad donde se expresen sus condiciones contractuales vigentes y plan de trabajo en actividades de investigación.
  2. Las solicitudes de profesores instructores ordinarios cuya dedicación sea a tiempo completo, deben venir acompañadas del aval del tutor correspondiente.
  3. Sólo serán financiados aquellos trabajos realizados en la Unimet y/o en colaboración con otras instituciones. En caso de que el solicitante sea invitado al evento, deberá igualmente presentar copia de la ponencia del trabajo a presentar.
  4. La solicitud debe ser presentada por lo menos treinta (30) días de anticipación a la fecha del evento.
  5. Para el trabajo de varios coautores, la Dirección de Investigación y Desarrollo sólo podrá financiar a uno de ellos y se le solicitará autorización expresa del coautor.
  6. No se considerarán solicitudes con los recaudos incompletos, salvo en caso no imputable al profesor.
  7. El mismo trabajo no podrá ser utilizado para optar a nuevos financiamientos.
  8. Es potestad de la Dirección de Investigación y Desarrollo hacer las consultas que considere pertinentes.
  9. En todo caso no se otorgará una subvención si no han transcurrido por lo menos dos (2) años desde la última ayuda otorgada cuando se trate de eventos para el exterior.
    La solicitud para eventos nacionales puede hacerse varias veces al año siempre y cuando el profesor presente trabajos diferentes en cada evento.
  10. Cualquier ayuda no ejecutada en el lapso de un (1) mes después de su aprobación, será cancelada administrativamente y reintegrada a la Dirección de Investigación y Desarrollo.
  11. Para considerar una nueva solicitud de financiamiento, la Dirección de Investigación y Desarrollo exigirá al profesor copia de la publicación o constancia de aceptación para su publicación en revistas especializadas del trabajo que motivó la subvención anterior.
  12. El beneficiario deberá remitir a la Dirección de Investigación y Desarrollo en los treinta (30) días subsiguientes a la realización del evento, los siguientes recaudos:
    1. Informe académico y administrativo de la actividad cumplida
    2. Boleto de pasaje inutilizado (no fotocopia)
    3. Constancia de inscripción y/o credencial emitida por el Comité Organizador del evento donde se demuestre su participación.
    4. Recibo original de gastos de inscripción cancelado y sellado.
    5. La Dirección de Investigación y Desarrollo se reserva el derecho a publicar un resumen de la ponencia presentada por el profesor.
    6. El incumplimiento de este numeral privará la consideración de cualquier nuevo financiamiento por parte de la Dirección de Investigación y Desarrollo.
  13. En caso de que el profesor obtenga financiamiento de otra institución, a solicitud de éste, la Dirección de Investigación y Desarrollo podrá considerar el incremento de alguno de los renglones financiados a costa de los otros, manteniéndose siempre el total a financiar constante.
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