- Las
presentes normas establecen los criterios para la asignación
de cupos en casos de demanda superior a las plazas disponibles,
los conceptos de remuneración de Coordinador General,
de los Coordinadores Adjuntos y personal docente, las tareas
que corresponde realizar a los Coordinadores y al personal
docente, así como las pautas relativas a pago y reintegro
de matrícula.
- Las
siguientes prioridades se aplicarán en los casos
en que la demanda de inscripción en un Curso Intensivo
supere las plazas disponibles:
- Asignar
las plazas en primer lugar según el orden descendente
del Indice Académico Acumulado a quienes hayan
aprobado como mínimo el total 108 créditos
más unidades.
- Asignar
las plazas remanentes al resto de los aspirantes, en
segundo lugar, según el orden descendente del
Indice Académico Acumulado
- Dar
prioridad a quien haya obtenido el mayor índice
académico en el período precedente, en
caso de aspirantes con igual Indice Académico
Acumulado.
- La
organización de los Cursos Intensivos estará
a cargo del Coordinador General, quien será un profesor
con probada experiencia académica y administrativa
asistido en cada Facultad por Coordinadores Adjuntos. La
designación de los Coordinadores se hará en
la primera quincena de mes de mayo.
- El
Coordinador General recibirá una remuneración
equivalente a la que recibe. en un período regular
un profesor de la misma categoría por doce (12) horas
de clases. Podrá dictar como máximo un Curso
Intensivo.
- Un
Coordinador Adjunto recibirá una remuneración
equivalente a la que recibe en un período regular
un profesor de la misma categoría por dictar entre
seis (6) y nueve (9) horas de clases. El número de
horas será establecido por el Comité de Decanos
de Facultades conforme a la magnitud de las obligaciones
que les corresponda cumplir. Un Coordinador Adjunto podrá
dictar como máximo un Curso Intensivo.
- La
remuneración de los profesores será la equivalente
a la que percibe por el dictado de la asignatura en un período
regular, según la categoría y le remuneración
por hora de clase aplicable en el Período B precedente.
- La
matrícula por crédito o unidad, será
la correspondiente a la aplicada en promedio por crédito
unidad en el Período B precedente, incrementada en
el monto que determine el Comité Rectoral a proposición
del Vice- Rector Administrativo.
- Para
dictar un Curso Intensivo, la dependencia- académica
de adscripción de la asignatura, seleccionará
bien a quien haya dictado la asignatura en un período
regular o bien a quien haya tenido experiencia docente y
sea idóneo para el dictado de la asignatura.
- Un
profesor podrá dictar Cursos Intensivos hasta el
equivalente a 12 horas semanales de actividades docentes
en un período regular.
- Corresponde
al Coordinador General:
- Convocar
con suficiente antelación a los Coordinadores Adjuntos,
a los Directores de Escuela y a los Jefes de Departamento
y a fin de determinar las asignaturas que conformarán
la oferta de Cursos Intensivos y planificar los horarios
cuidando de evitar coincidencias en asignaturas que podrían
tomarse simultáneamente
- Mantener
contacto con la Dirección de Control de Estudios
durante el proceso de inscripción de asignaturas
con objeto de determinar las secciones adicionales de
Cursos Intensivos, en caso de que la demanda de inscripciones
sea mayor de la esperada.
- Atender,
en coordinación con las dependencias académicas,
los requerimientos de apertura de asignaturas no previstas
- Coordinar
con los directivos de las dependencias académicas,
la fijación de las fechas delas evaluaciones parciales
y finales de las diferentes asignaturas y cuidar que sean
publicadas y comunicadas el primer día de clases.
- Presentar
al Comité de Decanos de Facultades un informe evaluativo
M desarrollo, de los Cursos Intensivos.
- La
inscripción y los pago de matrícula en los
Cursos Intensivos estarán regidos por los procedimientos
aplicables en la Universidad para la inscripción
y pago de matrícula en los cursos de los períodos
regulares.
- La
devolución de los montos Ingresados por concepto
de anulación y retiro de Inscripción se
regirán por los criterios expuestos a continuación:
- Se
hará en su totalidad si la Universidad decidiere
no dictar la asignatura, si el estudiante no obtuviere
cupo, o si debe anular la Inscripción por conflictos
de horario.
- Se
hará devolución del 90%, si el estudiante
solicitare la anulación de la inscripción
antes de la fecha pautada de inicio de actividades docentes
en el período.
- No
habrá devolución en los casos de anulación
de inscripción por contravención a las
disposiciones académicas establecidas en el Reglamento
de Cursos Intensivos y en las presentes Normas.
Las
presentes Normas de los Cursos Intensivos fueron consideradas
y aprobadas en la reunión N* 280 del Consejo Académico
de fecha 13-05-9
|
|